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Qué son los Préstamos Justos
Denominados Préstamos Justos a aquellos que se conceden de manera indiscriminada a todo aquel que los solicite, siempre y cuando se cumplan con los requerimientos establecidos por la entidad financiera o bancaria en cuestión.
En definitiva, se trata de otorgar préstamos bancarios bajo una toma de decisión imparcial que no discrimine a nadie por cuestiones de raza, etnia, estudios, edad, etc.
Modelo tradicional de concesión de préstamos
Antiguamente, y antes de la llegada de las nuevas tecnologías, la manera en la que se determinaban las concesiones de préstamos a los individuos que los solicitaban era a través de la decisión que la propia persona del banco tomaba. Piénsese que no existían robots o tecnología como la de hoy que recoge diversos datos económicos del futuro prestatario y obtiene el scoring bancario correspondiente que ayuda a la toma de decisión de la concesión del préstamo.
Por tanto, hablamos de que estaba en manos de una persona humana la toma de decisión de la concesión del préstamo, y que posiblemente se basada en otro tipo de datos del solicitante, como cuestiones de raza, sexo, edad u origen geográfico. Como resultado, muchas solicitudes de financiación eran rechazadas argumentando riesgo de impago o insolvencia económica.
¿Cómo surge la regulación de Préstamos Justos?
Debido a lo anterior y a la extensión en el tiempo de la discriminación de préstamos por motivos raciales, la regulación de Prestamos Justos surgió en Estados Unidos hace varias décadas, aunque se ha reforzado recientemente, en el año 2021, para seguir combatiendo la exclusión financiera que sufrían ciertas comunidades sociales. Así, el Departamento de Derechos Civiles empezó a colaborar con las Fiscalías Federales para garantizar que los bancos y prestamistas financieros rindan cuenta de sus acciones y terminen con la discriminación por motivos de raza y origen nacional.
Por ello, recientemente se han creado las siguientes leyes para terminar con los casos de discriminación racial a la hora de tomar decisiones de préstamos e hipotecas bancarias:
1. Ley de Igualdad de Oportunidad de Crédito (ECOA)
La Ley de Igualdad de Oportunidades de Crédito (ECOA, por sus siglas en ingles) prohíbe la discriminación por parte de los acreedores o prestamistas a los solicitantes de financiación por cuestiones de:
- Raza
- Edad
- Color de piel
- Religión
- Origen nacional
- Genero
- Estado civil
- Discapacidad
- Recibir asistencia pública
Así, la ECOA prohíbe a las entidades financieras tomar decisiones de concesión de préstamos basadas en cualquiera de los puntos anteriores. Además, se prohíbe a la entidad bancaria preguntar ciertos datos personales al solicitante. Por ejemplo, acerca de la pareja cuando el préstamo se solicita a forma individual, o acerca del gasto por mantenimiento de los hijos, si se tienen, o si se desean tener en el futuro.
2. Ley de Equidad de Vivienda (FHA)
Del mismo modo, la Ley de Equidad de Vivienda (FHA, por sus siglas en inglés) prohíbe la discriminación de concesión de prestamos hipotecarios, rehabilitaciones de vivienda y otras transacciones crediticias por motivos de:
- Raza
- Color de piel
- Edad
- Religión
- Origen nacional
- Genero
- Estado civil
- Discapacidad
- Situación familiar
¿Qué se entiende por situación familiar?
La Ley menciona la no discriminación a una vivienda por “situación familiar”, haciendo referencia a la composición de la unidad familiar. Esto es, tener a tu cargo hijos menores de 18 años como padres o tutor legal, estar embarazada o buscar obtener la custodia de los hijos menores de edad a través de la adquisición de una vivienda estable.
En definitiva, la entidad crediticia no puede discriminar la concesión del préstamo a la vivienda por las cuestiones mencionadas con anterioridad.
3. Ley de Divulgación de Hipotecas para Viviendas (HMDA)
Esta Ley requiere que las instituciones crediticias reporten de manera trimestral y anual las concesiones de préstamos para viviendas y préstamos que resulten rechazados. Así, los reguladores públicos y federales pueden determinar que en las decisiones de préstamo se ha cumplido con la no discriminación de grupos sociales, pues la información que las entidades tienen que reportar incluye:
- Ingresos
- Raza
- Sexo o genero
- Origen étnico
- Área geográfica
Fuentes: Processmaker, Justice.gov, Chase, El Economista, Abogado.com